Las empresas tendrán un plazo de dos años para modificar la composición de los productos Mediante la Disposición N° 13832/2016, publicada hoy en el Boletín Oficial, la ANMAT ha prohibido el uso de ciertas sustancias en productos antibacteriales de higiene personal, cosméticos y perfumes. La norma fija un plazo de dos años para que las empresas titulares, fabricantes e importadoras modifiquen la composición de los productos, en caso de que posean alguna de las sustancias alcanzadas por la norma. Para ello, deberán iniciar ante la ANMAT un trámite de modificación de fórmula y rótulo, de conformidad con la Resolución del ex MS y AS N° 155/98 y disposiciones complementarias. Los productos alcanzados por esta disposición son los jabones líquidos, jabones en barra, espumas, geles y todo otro que se aplique tanto en manos como en cuerpo, diseñados para usarse con agua y enjuague posterior. En cambio, la norma no incluye a los productos antisépticos tópicos que no requieren enjuague (como el alcohol en gel) y toallitas antibacteriales para manos que se utilizan cuando no se dispone de agua y jabón. La lista de sustancias que no podrán incluirse en los productos es la siguiente:
En dicha resolución, la ANMAT advierte que “recientemente la FDA ha emitido una monografía definitiva que prohíbe la comercialización de productos antisépticos de venta libre para el lavado de manos y cuerpo que se enjuagan con agua”, también agrega que dicha medida se basó “en datos científicos que indican que la exposición a largo plazo a ciertos ingredientes activos usados en los productos antibacteriales podría presentar riesgos para la salud como la generación de resistencia a antimicrobianos y efectos hormonales”.
Además, dichos productos están “dirigidos a individuos generalmente sanos en los cuales el riesgo de infección y el alcance de su propagación es relativamente bajo en comparación con el ámbito de la atención de la salud, en el que los pacientes son generalmente más susceptibles a las infecciones y el potencial de propagación de estas es mayor”.
A pesar de lo que insinúan varios comerciales y publicidades actuales, hasta este momento, «no existen estudios clínicos que avalen una eficacia superior por parte de estos productos frente a los jabones comunues en la prevención de enfermedades o en la reducción del riesgo de infecciones cuando son utilizados en el ámbito del hogar y en lugares públicos».
Fuente: http://www.anmat.gov.ar/comunicados/texto-disposicion-antibacteriales.pdf